BUZÓN DE TRANSPARENCIA
Todos tenemos derecho a acceder a la información pública, en los términos previstos en la Ley 10/2019, de 10 de abril, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen gobierno y en el resto del ordenamiento jurídico. A estos efectos, se entiende por información pública los contenidos o documentos, cualquiera que sea su formato o soporte, que obren en poder de los sujetos incluidos en el ámbito de aplicación de la referida Ley 19/2013, y que hayan sido elaborados o adquiridos en el ejercicio de sus funciones.
El derecho de acceso a la información pública sólo podrá ser limitado o denegado en los supuestos previstos en la Ley 19/2013, de 9 de diciembre, de Transparencia, Acceso a la Información Pública y Buen gobierno. En todo caso, la aplicación de los referidos límites será justificada y proporcionada a su objeto y finalidad de protección y atenderá a las circunstancias del caso concreto, especialmente a la concurrencia de un interés público o privado superior que justifique el acceso.
PROCEDIMIENTO
Si bien Canal Gestión Lanzarote, S.A. publica de forma activa la información exigida por la citada normativa, en caso de precisar información adicional, puede ejercer su derecho al acceso a la información pública, de conformidad a:
- La solicitud se deberá realizar vía correo postal o correo electrónico
- Identidad del solicitante
- Número de DNI
- Dirección de contacto, preferentemente electrónica, a efectos de comunicaciones.
- Información sobre la que se ejerce el derecho de acceso.
- Motivo por el cual se solicita dicha información (opcional).
PRESENTACIÓN DE SOLICITUDES
Vía Postal
CANAL GESTIÓN LANZAROTE S.A.U.
ASUNTO: SOLICITUD DE INFORMACIÓN
CTRA. ARRECIFE-LAS CALETAS, KM. 3,5
CP 35500 ARRECIFE
Vía electrónica
transparencia@canalgestionlanzarote.es